Se da cuenta en una sentencia del juicio oral seguido contra el maestro Gabriel Encinas Castellano, de 34 años, a quien se le imputa de un delito contra la Constitución por haber proferido en el Ayuntamiento de Tías, por los meses de julio y agosto de 1923, «expresiones injuriosas contra las augustas personas de los soberanos». El fallo concluye que, toda vez que el propio denunciante resulta ser el secretario Evaristo Duran, que ya ha fallecido, se proceda a absolver al maestro.

En La Provincia del martes 10 de noviembre de 1924, bajo el titular arriba señalado, «Muerte del secretario del Ayuntamiento de Tías», se informa de que: «el día primero se produjo en esta capital un hecho lamentable del que fue víctima don Evaristo Duran, secretario del Ayuntamiento de Tías. En una violenta discusión entre varios individuos, uno de ellos, llamado Mamerto R. R, lanzó una piedra que fue a chocar en la cabeza del señor Duran, el que falleció pocos momentos después de recibir el golpe. ¿Fue una mala intención o la casualidad la que movió la mano del autor del hecho? El juzgado de instrucción, que ha ordenado la detención de R. R, se encargará de esclarecerlo. El doloroso suceso ha producido en este pueblo y en el de Tías penosa y general impresión, por ser la víctima un funcionario íntegro y un ciudadano modelo. El señor Evaristo Duran deja viuda y 4 hijos faltos de recursos, porque su escaso haber solo le daba para el sostenimiento de su familia. Descanse en paz y reciban sus deudos nuestro más sentido pésame. El corresponsal en Arrecife a 8 de octubre de 1924».

Evaristo Duran es natural de Tinajo, cuenta con 51 años, está casado con Carmen Morales Martín y sus hijos, según la partida de defunción, son Peregrina, Rosa, Marcial y Flora.

El periódico Lanzarote, que se edita en Arrecife y que mantiene suscripciones para toda España de un mes a una peseta, en su portada del jueves 15 de enero de 1903, destaca tres titulares: «Sagasta», «La policía» y, con la misma tipografía en negrita, «El crimen de Mácher». Relata el suceso del siguiente modo: «Aún perdura en esta ciudad, de índole práctica, la impresión que produjo la triste noticia. No estamos acostumbrados a estos espectáculos luctuosos de sangre, que en otros pueblos se suceden con harta frecuencia…»

«En las primeras horas de la mañana del 12 del corriente, interrumpiendo la monótona tranquilidad de esta población, atravesó por sus calles un numeroso cortejo acompañando una camilla que fue conducida al Hospital de Dolores. Al propio tiempo circulaba la infausta nueva de que dentro de aquella iba herido mortalmente y agonizando, el vecino de Mácher Pedro Díaz, conocido como el ratón. He aquí la versión que pudimos recoger en los primeros momentos y que, sin perjuicio de rectificarla cuando la acción beneficiosa de la justicia vaya esclareciendo los hechos, damos a conocer a nuestros lectores en cumplimiento del deber que nos hemos impuesto de tenerlos al corriente de cuanto ocurra de notable en esta isla. Regresaba Díaz ya anocheciendo el día once de enero, del pueblo de Uga, y se encontraba próximo a su casa de Mácher, cuando desde una pared, detrás de la que estaba parapetado el oculto agresor, le descerrajaron un tiro en el que por fortuna salió «ileso».

«Continuó su camino con el natural temor de que se repitiera la agresión. Llegó a su domicilio y, pensando en los móviles que pudieran haber determinado tan cobarde ataque, decidió ir en busca de su convecino Tomás Arrocha, de quien sospechaba fuera el autor de la tentativa frustrada, por haber tenido una cuestión hacía poco, a consecuencia de introducir un ganado que pastoreaba en una finca propiedad suya. En las inmediaciones de la casa de Arrocha, y sin ver a la persona que le acometía, recibió una pedrada en la cabeza que le privó del conocimiento, cayendo en tierra. Pronto recobró la razón, observando que el Arrocha y su mujer lo herían sin compasión, con un cuchillo que blandía y con cuya arma le infringieron cuatro heridas tremendas en el pecho y en el vientre, y otra en la muñeca derecha. Después de haber llevado a cabo los criminales su execrable acción, en la que han concurrido todas las circunstancias…dejaron a Díaz desangrado en mitad de la senda y vinieron a esta ciudad a dar parte de lo sucedido a las autoridades, preparando la coartada…que no les dio resultado, al haber podido declarar el herido en el periodo agónico».

«Dijeron que este, por la disputa de las cabras había ido a buscarlos la noche de referencia, que les atacó con una horqueta y les obligo a defenderse. Seguramente se ha destruido esta versión, porque el matrimonio Arrocha continúa detenido y sujeto al proceso que instruye, con elogiable actividad el inteligente y celoso Sr. Juez de Instrucción de este partido, Juan Moreno Naranjo… que ha practicado, en el teatro de los hechos, las diligencias y, como consecuencia de tales actuaciones, han ingresado en la cárcel Andrés Martín, dueño del ganado que cuidaba Tomás Arrocha y, además, Juana Ramos. Practicada autopsia a Pedro Díaz se comprueba que las heridas que recibió eran mortales de necesidad».

Constituye el asesinato de Leandro Fajardo uno de los acontecimientos más relevantes ocurrido en Tías a finales del XIX, dando mucho que escribir en los periódicos de la época, tanto en las fechas del crimen como en las anteriores y posteriores al juicio.

Luego, tras un siglo de silencio, se reactiva el caso Fajardo con la aparición del libro de Pedro César Quintana, El asesinato de Fajardo. Una visión de la sociedad lanzaroteña durante la Restauración, editado en el 1996. A partir de aquí se suceden artículos de opinión en prensa local y regional hasta que aparecen dos publicaciones en 2004.

Una pertenece a Mercedes Medina y Carmelo Martín, titulada El verdadero asesino de Leandro Fajardo, un capítulo inédito de la Historia de Lanzarote. La otra publicación, escrita por Agustín Millares Cantero, lleva por título El cacique Fajardo asesinado (1896), Banderías a la greña en Lanzarote.

Carmelo Martín Díaz, nieto del asesino, vuelve a publicar un nuevo libro: Leandro Fajardo al desnudo, La verdad sobre el más misterioso asesinato del siglo XIX en Lanzarote. «Ocurrió en la madrugada del domingo 6 de septiembre, día en que se celebrarían elecciones a la Diputación Provincial. Fajardo se presentaba por el bando conservador, años atrás lo había hecho por el bando republicano». «El asesino resultó ser Francisco Díaz Monfort, Frasco, emparentado con la víctima, y que vivía cerca de donde se produjeron los hechos, en El Pavón, junto a la carretera general. Fajardo había desarrollado varios oficios: abogado, registrador, director del periódico El Horizonte. Como político había comenzado su trayectoria en el partido republicano, pero en 1896 se presentaba en el bando conservador, junto a Velázquez, de Fuerteventura, las encuestas le daban ganadores».

El móvil de Francisco Díaz Monfort, casado con la prima de Leandro, Lucinda Fajardo Bermúdez, se aleja de las tesis políticas, según Millares y el propio Carmelo Martín. Los Fajardo era una dinastía de la burguesía conejera y en el estudio de este suceso se concentran diversas claves como las características de las dos familias Díaz Monfort, sus estudios y Pedro Fajardo, deudas de Cipriana, alcalde y recaudador, registrador, político, inspector, periodista, los préstamos, los pactos de retro, bodas de conveniencia, los Lara, herencias, testamentos, etc.

Para la defensa de Frasco Díaz, la familia designa al prestigioso abogado de las Palmas Tomás G. Guerra, pero éste es objeto de amenazas a través del reparto de octavillas y desiste de la defensa a favor del abogado Santiago Pineda, quien era la primera vez que se ponía la toga. El jurado condena a Frasco a morir a «garrote sobre tablado», y para ello trasladan al reo a Lanzarote desde la prisión de Las Palmas en agosto de 1899. La mediación de Fernando León y Castillo ante la Reina Regente evita su muerte y se le condena a prisión a cadena perpetua. Finalmente, Frasco fallece en Ceuta en 1910, a consecuencia de emanaciones de gases tóxicos, según el Diario de Las Palmas de la época. Sobre el asesinato de Fajardo ve la luz otra publicación, Las cartas boca arriba, de Carmelo Martín, donde definitivamente trata de desvelar el verdadero móvil del asesinato.

En la edición del 28 de octubre de 1885 del Diario de Avisos se da cuenta de que en la Excelentísima Audiencia del Territorio se va a celebrar juicio oral de la causa instruida contra Antonio María Cabrera, vecino de Tías, en la isla de Lanzarote, por el delito de homicidio en la persona de Manuel H. Martín, de la misma vecindad. El Ministerio Fiscal estará representado por el letrado Juan Ramírez Doreste, siendo el defensor del procesado el joven letrado Agustín Millares y Cubas, que hará su debut en dicho juicio oral.

El Telégrafo, diario de la tarde, en su edición del 31 de octubre del mismo año, hace referencia a la celebración del juicio y a que la numerosa concurrencia que asiste sale complacida del brillante debut y de las grandes dotes de oratoria que posee el joven Millares. En el Diario de Avisos del 4 de noviembre se informa de los 12 años y un día impuestos al autor del crimen, así como el pago de las accesorias costas e indemnización de 1.000 pesetas a la viuda.

En plena celebración de las novenas del mes de mayo, en tiempos del cura Fortunato Pereyra, al finalizar una de las novenas que se le rendían a la virgen de Fátima, con flores y velas, alguna se debe de quedar mal apagada y debe de prender sobre algún mantel u otro producto inflamable. La desgracia hace que la combustión se produzca en la zona del altar, propagándose el fuego entre diversos objetos que extienden rápidamente las llamas, causando grandes desperfectos.

Con fecha 17 de enero de 1837 se da cuenta en las correspondientes actas de la Administración de la Vista seguida contra Carlos P., declarado prófugo, por la causa criminal con resultado de muerte violenta del también vecino de Tías, Juan Ignacio G.

FALTA IMAGEN

 El año anterior a la salida del segundo guardia municipal del Ayuntamiento de Tías el Gobierno del Estado había publicado el Reglamento de Funcionarios de la Administración Local y en su SECCIÓN SEGUNDA para los funcionarios de armas decía:

SECCIÓN II. DE LOS FUNCIONARIOS QUE USAN ARMAS

ARTÍCULO 252

La Guardia municipal constituirá en cada Ayuntamiento un solo Cuerpo bajo la denominación genérica de Policía Municipal, sin perjuicio de las especialidades y denominaciones de urbana, rural, nocturna, de tráfico y otras semejantes.

ARTÍCULO 253

  • 1.  Dentro de las superiores atribuciones del Gobernador civil, y de las facultades del Alcalde, como Jefe de la Administración Municipal y Delegado del Gobierno en la localidad, la Policía municipal estará bajo la dependencia de un solo Jefe inmediato.
  • 2 A tal efecto, cuando los funcionarios sean varios deberá establecerse una rigurosa jerarquía de clases, en relación con las necesidades del Municipio y el volumen de las funciones, y con distribución proporcionada dentro de la plantilla. Las clases de menor a mayor, según la importancia creciente de cada localidad, serán, Cabo, Sargento, Suboficial, Oficial, Subinspector, Inspector. El de mayor graduación en cada Municipio ostentará el cargo de Jefe de la Policía Municipal.
  • 3.  Los individuos recibirán, según la especialidad, el nombre de Guardias, Guardas, Agentes, Vigilantes, u otro análogo.

ARTÍCULO 254

  • 1. El sueldo mínimo base para los componentes de la Policía Municipal será el señalado a los subalternos en el Anexo.
  • 2. Los sueldos de cada clase tendrán los siguientes aumentos respecto del mínimo: Cabos, 25%; Sargentos, 50%; Suboficiales, 75%; Oficiales, 100%; Subinspectores, 150%; Inspectores, 200%.

ARTÍCULO 255

  • 1. La Policía Municipal tendrá las siguientes funciones:
    –              Vigilancia y ordenación del tráfico.
    –              Policía judicial.
    – Orden público.
    – Cooperación a la representación corporativa.
    – Las demás que le correspondan o se le encomienden.
  • 2. Serán auxiliares de la Policía Municipal los funcionarios subalternos que tengan asignadas misiones secundarias de vigilancia en relación con los servicios y dependencias municipales, así como los vigilantes nocturnos o serenos del comercio y particulares, porteros, vigilantes del alcantarillado, electricidad y otros.

LEY DE VAGOS Y MALEANTES DE 1933

De esta ley destacamos el siguiente artículo:

Artículo 2.° Podrán ser declarados en estado peligroso y sometidos a las medidas de seguridad de la presente Ley:

  • Primero. Los vagos habituales.
  • Segundo. Los rufianes y proxenetas.
  • Tercero. Los que no justifiquen, cuando legítimamente fueren requeridos para ello por las autoridades y sus agentes, la posesión o procedencia del dinero o efectos que se hallaren en su poder o que hubieren entregado a otros para su inversión o custodia.
  • Cuarto. Los mendigos profesionales y los que vivan de la mendicidad ajena o exploten a menores de edad, a enfermos mentales o a lisiados.
  • Quinto. Los que exploten juegos prohibidos o cooperen con los explotadores a sabiendas de esta actividad ilícita, en cualquier forma.
  • Sexto. Los ebrios y toxicómanos habituales.
  • Séptimo. Los que para su consumo inmediato suministren vino o bebidas espirituosas a menores de catorce años en lagares y establecimientos públicos o en instituciones de educación e instrucción y a los que de cualquier manera promuevan o favorezcan la embriaguez habitual.
  • Octava. Los que ocultaren su verdadero nombre, disimularen su personalidad o falsearen su domicilio mediante requerimiento legítimo hecho por las autoridades o sus agentes y los que usaren o tuvieren documentos de identidad falsos u ocultaren los propios.
  • Noveno. Los extranjeros que quebrantaren una orden de expulsión del territorio nacional.
  • Décimo. Los que observen conducta reveladora de inclinación al delito, manifestada: por el trato asiduo con delincuentes y maleantes; por la frecuentación de los lugares donde éstos se reúnen habitualmente; por su concurrencia habitual a casas de juegos prohibidos, y por la comisión reiterada y frecuente de contravenciones penales.

Guardas jurado

Publicado: 10 junio, 2024 en Policía de Tías

Desde mediados del siglo pasado la agricultura ha tomado valor y relevancia y se hacen necesarias la guarda y custodia de las fincas para evitar robos en hortalizas y frutas de la época, fundamentalmente en frutales y vides de la zona de la Geria, Gaida, Peñas Blancas, así como evitar que el ganado se introduzca en lo sembrado.

El Ayuntamiento nombra a guardas jurados para reforzar la vigilancia en el campo. Los guardas portan un correaje con una chapa, una lata y un saco o zurrón para recorrer y evitar con su presencia que no se cometiesen hurtos. En la época de uvas, peras, higos de higuera, higos indios o higos de tunera se intensifica el servicio, ampliando también el cuidado a los paseros. Los árboles se barren con un baleo y el guarda deja constancia de su paso con una señal de la cruz en la arena y un mojón. Los campesinos contribuyen con pago en especie al guarda por su labor. Vicente H. y Julio de Ganzo son los últimos guardas. El vecino Lorenzo Melián Grimón, residente en Huertas Viejas, vigilaba, también la zona de Masdache, La Vega de Tías, La Geria y la zona de la Costa a su marcha entraría el vecino del Hoyo del Agua, Martín Fajardo

Valiente en los años cincuenta. Coger hierba para las cabras en una tierra ajena estaba penalizado y llevaba sanción. Robar un melón o una sandía acarreaba una multa de cinco pesetas y había que reintegrársela

Oficial jefe de la Policía Local de Tías

SERVICIO A LA CIUDADANÍA

Con la publicación de este libro se logra una recopilación concienzuda de la historia de la Policía Local de Tías, desde los ancestros o antecesores, enumerando personas, entre otra tanta información que, en el marco de sus funciones, podían tener cierta potestad de autoridad en cualquier comunidad de vecinos, y como bien menciona su autor, Juan Cruz Sepúlveda, se podían tratar de alguaciles, subalternos, guardas jurados, celadores, guardias y, hoy en día, nuestros policías, con una formación definida y un amplio abanico de atribuciones y competencias. A todos ellos/as les ha tocado ostentar esa iniciativa en aras de intermediar y/o solucionar cualquier conflicto vecinal, tales como asistencias testificales en partos, nacimientos, defunciones etc., así como informativas y cuantas fueran objeto de requerimiento o demanda ciudadana; amén de los problemas de orden público y seguridad ciudadana que pudieran originarse, y siendo el primer servicio en que se amparaba el ciudadano en una primera época y continúa siendo en la actualidad.

Como jefe actual de la Policía Local de Tías, y coincidiendo con la mencionada publicación, no puedo sentir mayor orgullo en que se haga extensible a la ciudadanía la historia, imágenes, noticias y peculiaridades de todas aquellas personas que han formado parte de un servicio que ha sido y sigue siendo esencial en nuestro municipio y todas las comunidades del ámbito nacional de este país.

Desde luego, los principios de este colectivo, lejos de centrarse exclusivamente en denunciar aquellas conductas que puedan presuponerse punibles en cualquiera de los ámbitos penales o administrativos, van más encaminados a resolver y solucionar muchísimas situaciones de conflictos privados que precisan de intermediación. Una labor oscura que no trasciende públicamente como otras actuaciones, pero que resulta imprescindible en aras de lograr que la convivencia vecinal sea la más pacífica y sana posible en cualquier comunidad. Sin lugar a duda, esa profesionalidad viene a preservar nuestra verdadera esencia como fuerza más cercana al ciudadano, iniciada por todas aquellas personas que, en algún momento de nuestra historia, asumieran esa misión tan importante, sobre todo en una época en la que no existían los medios ni recursos policiales de la actualidad, de ahí que tengamos el máximo respeto y consideración de los vecinos.

Desde el puesto orgánico que represento, no podría dejar pasar la ocasión de reconocer la encomiable labor de todos y cada uno de los policías que han formado y forman parte del cuerpo de la Policía Local de Tías, sin dejar de recordar a quienes nos antecedieron y que de alguna forma compartían lo que son hoy nuestras funciones.

Por último, quisiera hacer una mención especial de las tres personas que han ostentado la jefatura del cuerpo desde su creación y que han sido partícipes de esa historia, con mucho afecto: Domingo Francisco Hernández Rodríguez (subinspector), José Antonio Fernández Mosegue (subinspector) y Víctor Celso Betancort Rivera (oficial).